Extensiones de plazo para operaciones conforme al SA 57019 (2020/N)
COMUNICACIÓN SGR
Por la presente comunicación se informa a aquellas operaciones avaladas por Sogarca SGR, y reavaladas por la Compañía Españolo de Reafianzamiento, S.M.E., S.A, i) cuya ayuda haya sido otorgada conforme al SA 57019 (2020/N) – España- Segundo Marco Temporal Nacional para ayudas de estado relacionadas con la contención del COVID 19 que modifica la Sección 3.1. del Primer Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19, y/o ii) haya sido incluida en el tercer o quinto tramo de la línea de avales del Estado para empresas y autónomos para la paliar los efectos económicos del COVID-19 y/o iii) se haya incluido en el programa European Guarantee Fund del Fondo Europeo de Inversiones.
Se informa que tienen la opción de extender el plazo de la operación y que dicha ampliación, en caso de aprobarse por parte de la Entidad Acreedora y la SGR no puede suponer o estar condicionada a un incremento del tipo de interés aplicado por la entidad prestamista, que en las operaciones de tipo de interés variable se referirá al diferencial aplicado, ni a un incremento de la comisión de aval aplicada por la SGR.
Las comisiones de apertura, estudio u otras comisiones que estuvieran establecidas en la política de precios de la SGR o de la Entidad Acreedora para este tipo de operaciones podrán ser aplicadas.
Finalmente, se informa que ni la SGR ni la entidad prestamista están obligadas a aceptar dicha extensión.